
Flujo de atracción falsa
11 de abril de 2022La Sección 4(d) de la Ley de Especies en Peligro de Extinción (ESA) federal ordena al Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos emitir regulaciones que se consideren "necesarias y aconsejables para la conservación de las especies amenazadas". Permite al Servicio promulgar normas especiales para las especies catalogadas como amenazadas (no en peligro de extinción) que brindan flexibilidad en la implementación de la ESA. Las normas de la 4(d) se utilizan para enfocar las prohibiciones de captura a aquellas que brindan beneficios de conservación para la especie. Este enfoque específico puede reducir los conflictos con la ESA al permitir que continúen algunas actividades que no perjudican a la especie, mientras que el Servicio centra sus esfuerzos en las amenazas que influyen en su recuperación.