
Recreación de contacto secundario
11 de abril de 2022
Sifón
11 de abril de 2022La Sección 106 de la Ley Nacional de Preservación Histórica de 1966 exige que las agencias federales consideren los efectos en las propiedades históricas de los proyectos que llevan a cabo, apoyan, financian, permiten, licencian o aprueban en todo el país. Si un proyecto federal o con asistencia federal tiene el potencial de afectar propiedades históricas, se realizará una revisión conforme a la Sección 106.

